¿La inteligencia artificial puede ser autora? La Corte dice que no
- lotcomunicacion
- 13 nov
- 3 Min. de lectura
En días recientes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México aclaró un tema que ha generado debate en el mundo creativo y tecnológico:las obras creadas únicamente por inteligencia artificial no pueden ser consideradas como autoría.
La decisión responde a una pregunta creciente: si una imagen, canción o texto es generado por una IA…¿quién es el autor?
La respuesta, de acuerdo con la Corte, es clara: solo las personas pueden ser autoras.
¿Qué significa esta resolución?
Lo primero que debes saber es que la Corte no declaró que estas obras sean de dominio público, como se difundió en redes.Lo que realmente estableció es que:
La creatividad protegida por derechos de autor requiere intervención humana.
La IA no puede ser titular de derechos.
Si una obra fue generada de forma autónoma por una IA, no puede registrarse a nombre de una persona, porque no hubo proceso creativo humano.
La ley protege aquello en lo que interviene el intelecto, la expresión y las decisiones humanas.
Una máquina no tiene intención, criterio, ni consciencia creativa.Por eso, no puede ser autora ni titular de derechos.
¿Qué pasa si el humano participa en el proceso?
Aquí está el punto más interesante.
Si una persona interviene en la creación —por ejemplo:
Dirige el proceso
Define parámetros específicos
Edita, transforma o modifica el resultado
Combina elementos con creación propia
…entonces sí puede existir autoría humana.
La clave está en el grado de creatividad humana involucrada.
No es lo mismo:
Dar un comando simple y aceptar lo que entregue la IA,que
Diseñar, ajustar, reescribir y tomar decisiones creativas sobre el resultado.
En el segundo caso, la intervención humana puede considerarse sustantiva y, por lo tanto, tener protección legal.
¿La obra generada solo por IA es de dominio público?
No.Eso fue una interpretación errónea que circuló en redes sociales.
La Corte únicamente señaló que no puede registrarse como obra bajo derechos de autor, porque no hay autor humano detrás.
Pero no declaró que sea libre o que cualquiera pueda explotarla legalmente sin consecuencias.
Lo que sí queda claro es que no existe una figura jurídica para autoría no humana.Por ahora, los marcos legales no asignan propiedad a máquinas, algoritmos o sistemas.
¿Por qué importa esta decisión?
Porque cada vez más:
Empresas
Artistas
Diseñadores
Escritores
Y organizaciones académicas
utilizan herramientas de IA para crear contenido.
La pregunta sobre “quién es dueño” de lo que se genera es cada vez más relevante.
Esta resolución ayuda a marcar líneas claras en un terreno que aún se está construyendo a nivel mundial.
¿Qué implica para quienes usan IA?
Puedes usar IA como herramienta de apoyo.
Puedes desarrollar obras basadas en ella.
Pero si no hay intervención creativa humana real, no podrás registrarlas a tu nombre.
Esto nos recuerda algo fundamental:La IA no reemplaza a la creatividad humana, sino que la extiende.
Quienes trabajen con estas herramientas deberán demostrar:
intención
dirección
decisiones creativas
para legitimar su autoría.
¿Qué viene después?
Es probable que en los próximos años se discutan:
Límites más claros de autoría compartida
Modelos de copropiedad
Nuevas categorías para obras asistidas por IA
Derechos sobre datasets usados para entrenar modelos
Lo que hoy define la Corte puede evolucionar conforme la tecnología avance.Pero por ahora, el mensaje es firme:
La creatividad empieza —y termina— con el ser humano.
Todo Comunica
La inteligencia artificial es una herramienta poderosa, capaz de generar obras sorprendentes.Pero sin la intención, selección y criterio humano, no hay autoría.
La SCJN confirma:
La propiedad intelectual sigue siendo un derecho humano.
La IA puede crear, pero no puede ser autora.
El valor creativo sigue estando en la mente, experiencia y visión de las personas.
En un mundo donde la tecnología avanza rápido, recordar esto es esencial:Lo que da sentido a la creación no es la herramienta, sino la persona que la usa.
Por.- Oliver Olea

























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